Derechos para todas las personas en Ecuador
La Corte Constitucional asegura una interpretaci贸n justa de las leyes para garantizar el acceso a la justicia y una vida digna, especialmente para las personas en una situaci贸n de vulnerabilidad.
Conoce otras sentencias que marcaron un precedente para proteger los derechos de personas de los pueblos y nacionalidades.
Justicia intercultural y privaci贸n de libertad de personas ind铆genas en contacto inicial o reciente
112-14-JH/21
Justicia intercultural y privaci贸n de libertad de personas ind铆genas en contacto inicial o reciente
La Corte Constitucional revis贸 un h谩beas corpus presentado en favor de siete personas ind铆genas de la nacionalidad Waorani, quienes fueron privadas de la libertad tras ser acusadas de genocidio, debido a un enfrentamiento con miembros de los pueblos en aislamiento Tagaeri y Taromenane.
En su an谩lisis, la Corte Constitucional determin贸 la vulneraci贸n de derechos, ya que las autoridades judiciales no tomaron en cuenta el contexto cultural ni la condici贸n de pueblos en situaci贸n de contacto reciente. Tambi茅n destac贸 que la aplicaci贸n de medidas como la prisi贸n preventiva debe realizarse en el marco de un dialogo intercultural, en el que las autoridades estatales e ind铆genas interpreten las normas y comprendan los hechos y conductas, promoviendo un entendimiento entre culturas.
La Corte Constitucional explic贸 que el Estado ecuatoriano, al ser plurinacional e intercultural, tiene el deber de garantizar el respeto a la autonom铆a y los derechos de los pueblos ind铆genas, en especial de aquellos en contacto reciente.
Jurisdicci贸n ind铆gena: criterios claves para su aplicaci贸n
1-12-EI/21
Jurisdicci贸n ind铆gena: criterios claves para su aplicaci贸n
La Corte Constitucional resolvi贸 una acci贸n extraordinaria de protecci贸n presentada en contra de una decisi贸n de la justicia ind铆gena, que orden贸 a una persona asumir la deuda de su hijo, quien hab铆a desviado fondos de una cooperativa de ahorro y cr茅dito.
Tras analizar el caso, la Corte Constitucional determin贸 que la decisi贸n impugnada fue emitida dentro del ejercicio leg铆timo de la justicia ind铆gena, ya que la comunidad actu贸 dentro de su territorio, con base en su derecho propio y con el consentimiento de la accionante. Tambi茅n reafirm贸 que el principio pro jurisdicci贸n ind铆gena y el principio de autonom铆a de la justicia ind铆gena garantizan que las decisiones de estas comunidades sean respetadas, siempre que no vulneren derechos fundamentales.
En su fallo, la Corte Constitucional aclar贸 c贸mo identificar un conflicto interno sujeto a la justicia ind铆gena. Adem谩s, destac贸 la importancia del di谩logo intercultural en la resoluci贸n de conflictos entre la justicia ind铆gena y la justicia ordinaria.
Autodeterminaci贸n y debido proceso en la comunidad "La Toglla"
1779-18-EP/21
Autodeterminaci贸n y debido proceso en la comunidad "La Toglla"
La Corte Constitucional, en sentencia de mayor铆a, determin贸 que las autoridades judiciales que resolvieron una acci贸n de protecci贸n presentada por la comunidad ind铆gena La Toglla contra el Ministerio de Agricultura y Ganader铆a (MAG) vulneraron el debido proceso, en la garant铆a de motivaci贸n. Concluy贸 que las decisiones judiciales omitieron un an谩lisis de derechos, limit谩ndose a un examen procedimental que desnaturaliz贸 la garant铆a de motivaci贸n.
En su an谩lisis de m茅rito, la Corte Constitucional explic贸 que el derecho a la autodeterminaci贸n de las comunidades ind铆genas se manifiesta en: i) la autodefinici贸n; ii) el derecho propio; iii) la organizaci贸n social y la designaci贸n de autoridades; y, iv) el territorio y su relaci贸n con la naturaleza. A partir de ello, determin贸 que el MAG vulner贸 este derecho, ordenando medidas de reparaci贸n, tales como: la emisi贸n de disculpas p煤blicas, la difusi贸n de la sentencia entre el personal del MAG y la ciudadan铆a durante tres meses, y la divulgaci贸n del fallo entre las autoridades jurisdiccionales, por parte del Consejo de la Judicatura.
Adem谩s, exhort贸 a la Asamblea Nacional a adecuar la Ley de Organizaci贸n y R茅gimen de las Comunas, conforme a la Constituci贸n y la jurisprudencia constitucional.
Protecci贸n de la igualdad y propiedad colectiva en la justicia ind铆gena
2-14-EI/21
Protecci贸n de la igualdad y propiedad colectiva en la justicia ind铆gena
La Corte Constitucional resolvi贸 una acci贸n extraordinaria de protecci贸n contra decisiones de la justicia ind铆gena, presentada por comuneros de la comuna Tunibamba, quienes impugnaron una resoluci贸n de la asamblea general que los excluy贸 del acceso a la tierra comunitaria, al imponer condiciones econ贸micas y de afiliaci贸n para acceder y administrar las tierras.
Se determin贸 que la decisi贸n impugnada vulner贸 el derecho a la igualdad de los accionantes, al excluirlos del acceso a la tierra comunitaria. Adem谩s, se concluy贸 que se afect贸 el derecho a la propiedad colectiva de la tierra, al introducir divisiones que alteraron su car谩cter comunitario.
En su an谩lisis, la Corte Constitucional enfatiz贸 la importancia de garantizar el acceso equitativo a la tierra dentro de comunidades ind铆genas, asegurando que las decisiones comunitarias respeten los derechos constitucionales de sus miembros.
El derecho a la identidad y protecci贸n de nombres ind铆genas
1203-21-JP/24
El derecho a la identidad y protecci贸n de nombres ind铆genas
La Corte Constitucional revis贸 una acci贸n de protecci贸n presentada en favor de una ni帽a de la comunidad Aw谩, cuyo derecho a la identidad fue vulnerado cuando el Registro Civil se neg贸 a inscribirla con el nombre ind铆gena elegido por sus padres y, en su lugar, le asign贸 un nombre mestizo, sin su consentimiento.
En su an谩lisis, la Corte Constitucional determin贸 que esta imposici贸n vulner贸 el derecho a la identidad personal y cultural de la ni帽a, el principio de interculturalidad y el derecho de los pueblos ind铆genas a preservar sus tradiciones ling眉铆sticas. Explic贸 que el derecho a la identidad no se limita al registro de un nombre, sino que abarca la conservaci贸n y fortalecimiento de la cultura y la lengua de los pueblos y nacionalidades ind铆genas.
La Corte Constitucional subray贸 que las instituciones del Estado deben respetar los nombres ind铆genas elegidos por las familias y eliminar cualquier barrera que impida su inscripci贸n. Finalmente, dispuso que los est谩ndares dictados en esta sentencia sean vinculantes para casos similares, y de observancia obligatoria para jueces y juezas constitucionales. Adem谩s, orden贸 al Registro Civil, en coordinaci贸n con la Defensor铆a del Pueblo, elaborar un instructivo que establezca los est谩ndares sobre el derecho a la identidad de ni帽as y ni帽os ind铆genas, y el procedimiento para el registro de nombres.

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