Derechos para todas las personas en Ecuador
La Corte Constitucional asegura una interpretación justa de las leyes para garantizar el acceso a la justicia y una vida digna, especialmente para las personas en una situación de vulnerabilidad.
Conoce otras sentencias que marcaron un precedente para proteger los derechos de personas en situación de calle.
Derecho a la identidad y acceso a servicios para personas en situación de calle
Sentencia Nº 673-17-EP/23
Derecho a la identidad y acceso a servicios para personas en situación de calle
La Corte Constitucional analizó el caso de una persona adulta en situación de calle, analfabeta y no vidente. Esta persona no había sido registrada al nacer, lo que le impidió obtener un documento de identidad que le permitiera acceder al carné de discapacidad, servicios públicos, beneficios sociales y a ejercer acciones legales para defender sus derechos. Al acudir al Registro Civil para inscribir su cédula, se le negó la solicitud; pues se le informó que, en el caso de personas mayores, la inscripción debe realizarse a través de un proceso judicial.
En la sentencia, la Corte Constitucional reafirmó que el no contar con la cédula de identidad no solo imposibilita que una persona se identifique ante la sociedad y frente al Estado, sino que repercute negativamente en el ejercicio de múltiples derechos constitucionales. Además, señaló que el Registro Civil no analizó la situación particular de vulnerabilidad de la persona en situación de calle, por lo que se vulneró su derecho a la identidad y a acceder a servicios públicos de calidad.
El fallo subraya la importancia de eliminar obstáculos que dificulten el acceso a los derechos, especialmente para aquellas personas en situaciones más vulnerables, y establece que la justicia debe ser accesible para todos, especialmente cuando se trata de inscripciones vitales como la cédula de identidad.
Derecho a la identidad para personas en situación de vulnerabilidad
Sentencia Nº 375-24-EP/25
Derecho a la identidad para personas en situación de vulnerabilidad
La Corte Constitucional revisó el caso de una persona analfabeta, de escasos recursos económicos y de edad cercana a la adultez mayor, a quien el Registro Civil negó la inscripción tardía de nacimiento y la entrega de una cédula de identidad. Esta negativa le impedía acceder plenamente a derechos y servicios básicos.
La Corte explicó que el derecho a la identidad permite que toda persona sea reconocida legalmente por el Estado y pueda ejercer otros derechos. Señaló que, cuando una persona adulta enfrenta condiciones de vulnerabilidad que dificultan los trámites ordinarios, las instituciones deben eliminar barreras y brindar alternativas adecuadas. También indicó que el Registro Civil debe ofrecer información clara, atención de calidad y medidas especiales para quienes no saben leer o tienen limitaciones económicas.
La Corte concluyó que el Registro Civil vulneró los derechos a la identidad, al reconocimiento de la personalidad jurídica y al acceso a servicios públicos de calidad. Por ello, dejó sin efecto las decisiones judiciales anteriores, ordenó entregar un documento provisional a la persona afectada, pagar una compensación económica y desarrollar reglas para atender casos similares de forma adecuada.
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